La Cámara Federal de Córdoba falló a favor de la cautelar que había presentado una mujer contra la obra social universitaria Daspu y contra el Estado nacional para poder acceder al tratamiento con aceite de cannabis. La paciente sufre neurofibromatosis y el tratamiento con cannabis fue prescripto por los especialistas que la atienden. Este fallo se convierte en el primero en nuestro país en cuestionar la Ley 27.350, que sólo se permite el tratamiento con cannabis a pacientes con epilepsia refractaria, y no contempla otras enfermedades.
Este caso es el tercero en nuestro país, y se suma al de Salta y Río Negro, que permiten el acceso al cannabis para uso medicinal. La medida fue firmada por los jueces Luis Roberto Rueda e Ignacio María Vélez, y revoca la anterior, que rechazaba la medida, firmada en 20 de junio por el Juez Federal Alejandro Sánchez Freytes.
El fallo además cuestiona a la ANMAT, Asociación Nacional de Medicamentos, especificando que se excedió en su poder, al no permitir que otros pacientes con otras patologías, diferentes a la única establecida en la Ley (epilepsia refractaria) pudieran acceder al tratamiento con el derivado de la planta de cannabis.
Debemos tener en cuenta que estos casos se presentan casualmente a pocos meses de que comience a debatirse en nuestro país la legalización de la tenencia y consumo de marihuana, a partir de la elevación al Congreso del proyecto del nuevo Código Penal.